Plazos de tramitación CAE por Comunidad Autónoma
Los plazos importan: cuánto tarda un CAE
Una de las preguntas más frecuentes de los propietarios de ahorros energéticos y de los instaladores es: ¿cuánto tiempo tarda en tramitarse un CAE? La respuesta depende de varios factores: el tipo de actuación, la Comunidad Autónoma donde se tramita, la calidad de la documentación y el volumen de solicitudes que gestione el órgano competente en cada momento.
En este artículo analizamos los plazos legales establecidos por la normativa, los plazos reales que se observan en la práctica y las diferencias entre Comunidades Autónomas.
Plazos legales según el RD 36/2023
El Real Decreto 36/2023 establece plazos claros para la resolución de las solicitudes de CAE por parte de las Comunidades Autónomas:
| Tipo de actuación | Plazo de resolución | Sentido del silencio |
|---|---|---|
| Actuaciones estandarizadas | 15 días hábiles | Positivo |
| Actuaciones singulares | 30 días hábiles | Positivo |
Estos plazos cuentan desde la presentación de la solicitud completa ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Si la documentación está incompleta, el órgano puede requerir subsanación, lo que suspende el cómputo del plazo.
Silencio administrativo positivo
Una garantía importante del sistema es que el silencio administrativo es positivo. Esto significa que, si transcurrido el plazo legal la Comunidad Autónoma no ha resuelto expresamente, la solicitud se entiende estimada. En la práctica, esto protege al solicitante frente a retrasos administrativos.
Art. 14.5 RD 36/2023: «Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada por silencio administrativo.»
Plazos reales en la práctica
Los plazos legales son una referencia, pero la realidad puede ser diferente. Los tiempos de tramitación reales varían significativamente según la Comunidad Autónoma, y dependen de factores como:
- Capacidad administrativa del órgano competente: personal disponible, herramientas informáticas, experiencia con el sistema CAE.
- Volumen de solicitudes: algunas CCAA reciben muchas más solicitudes que otras.
- Calidad de las solicitudes: expedientes incompletos o con errores generan requerimientos de subsanación que alargan los tiempos.
- Complejidad de la actuación: las actuaciones singulares requieren mayor análisis técnico.
Estimación de plazos reales por tipo
| Tipo de actuación | Plazo legal | Plazo real estimado |
|---|---|---|
| Estandarizada (documentación perfecta) | 15 días hábiles | 2 – 6 semanas |
| Estandarizada (con subsanación) | 15 días hábiles* | 1 – 3 meses |
| Singular (documentación perfecta) | 30 días hábiles | 1 – 3 meses |
| Singular (con subsanación) | 30 días hábiles* | 2 – 6 meses |
* El plazo se suspende durante el período de subsanación.
Las Comunidades Autónomas como órgano competente
Las Comunidades Autónomas son las encargadas de tramitar y emitir los CAE. Cada una ha designado un órgano competente para esta función, que suele estar adscrito a la consejería o dirección general de energía o industria.
Las diferencias entre CCAA son notables:
Factores de variación entre CCAA
- Madurez del sistema: algunas CCAA implantaron antes el procedimiento y tienen más experiencia.
- Recursos dedicados: el personal asignado a la tramitación de CAE varía mucho entre CCAA.
- Plataforma electrónica: la facilidad y eficiencia de la sede electrónica de cada CCAA afecta a los tiempos.
- Criterios de revisión: algunas CCAA son más exhaustivas en la verificación documental que otras.
- Volumen de solicitudes: CCAA con más actividad económica y de construcción reciben más solicitudes.
Plazos clave que debes conocer
Fecha de inicio de la actuación
Para que una actuación pueda generar un CAE, su fecha de inicio debe ser posterior al 26 de enero de 2023, fecha de entrada en vigor del RD 36/2023. Las actuaciones realizadas antes de esta fecha no son elegibles.
Plazo para registrar el CAE
Una vez realizada la actuación, el CAE debe registrarse en la CNMC dentro de los 3 años siguientes a la fecha de finalización de la actuación. Pasado este plazo, se pierde el derecho al certificado.
No existe un plazo específico para que la CCAA emita el CAE una vez aprobada la solicitud, pero la norma establece que el registro en la CNMC debe realizarse dentro de los 3 años desde la finalización de la actuación.
Validez del CAE
Los CAE tienen una validez de 4 años desde su emisión para ser utilizados por los sujetos obligados en el cumplimiento de su obligación anual.
Cómo acelerar la tramitación
Basándonos en nuestra experiencia gestionando expedientes en múltiples Comunidades Autónomas, estos son nuestros consejos para minimizar los tiempos:
- Documentación impecable desde el primer envío: el motivo principal de retraso son los requerimientos de subsanación. Presenta la solicitud con toda la documentación completa y correcta.
- Firma electrónica cualificada: asegúrate de que todos los firmantes disponen de certificado digital cualificado antes de iniciar el proceso.
- Cálculos verificados: que el cálculo de ahorro sea correcto según la ficha aplicable evita rechazos técnicos.
- Fotografías claras y fechadas: las evidencias fotográficas del antes y después deben ser claras y estar correctamente fechadas.
- Trabaja con profesionales: un intermediario experimentado conoce los criterios específicos de cada CCAA y prepara los expedientes en consecuencia.
El papel de la CNMC
Una vez que la Comunidad Autónoma emite el CAE, este debe ser registrado en la CNMC. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia gestiona el registro central de CAE y se encarga de:
- Registrar los certificados emitidos por las CCAA.
- Gestionar las transferencias de CAE entre actores.
- Realizar la liquidación anual de obligaciones de los sujetos obligados.
- Verificar que cada CAE es único y no se ha duplicado.
Planifica con anticipación
Dado que los plazos pueden ser variables, nuestra recomendación es no esperar al último momento. Si has realizado una actuación de eficiencia energética elegible, inicia la tramitación cuanto antes:
- Evitas el riesgo de que se cumpla el plazo de 3 años.
- Si hay subsanación, tienes margen para resolverla.
- Puedes beneficiarte de precios de mercado actuales (que podrían subir o bajar).
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