¿Tu comunidad hizo obras? Podéis cobrar dinero
Si vuestra comunidad ha cambiado la caldera, aislado la fachada, puesto ventanas nuevas o cualquier mejora de eficiencia energética, tenéis derecho a un Certificado de Ahorro Energético (CAE) que se convierte en dinero.
Ejemplo real: un edificio de 30 viviendas
Veamos cuánto podría ganar una comunidad que ha sustituido su caldera centralizada de gas por aerotermia.
Ahorro energético estimado
250.000 kWh
250 MWh — ficha RES060
Importe estimado del CAE
20.000 – 30.000 EUR
A precios de mercado 2026 (80-120 €/MWh)
Por vivienda (30 vecinos)
958 – 1.167 EUR
Ingreso neto por vecino
¿Lo mejor? Este dinero se recibe además de cualquier subvención que hayáis recibido. Solo se excluyen las ayudas del FNEE. Y no tenéis que adelantar nada: el pago se recibe cuando se certifica el ahorro.
¿Qué obras generan certificados?
Cualquier mejora de eficiencia energética realizada desde enero de 2023 puede generar un CAE.
| Tipo de obra | Ahorro estimado | Importe estimado |
|---|---|---|
| Caldera centralizada → Bomba de calor | 150.000 – 400.000 kWh | 12.750 – 46.000 EUR |
| Aislamiento térmico de fachada (SATE) | 30.000 – 120.000 kWh | 2.550 – 13.800 EUR |
| Cambio de ventanas del edificio | 20.000 – 60.000 kWh | 1.700 – 6.900 EUR |
| Iluminación LED zonas comunes | 5.000 – 20.000 kWh | 425 – 2.300 EUR |
| Instalación solar fotovoltaica | Variable | Según proyecto |
Los importes son estimaciones para un edificio tipo de 20-40 viviendas. El importe final depende de las condiciones de cada actuación. Se pueden combinar varias actuaciones en una misma solicitud si se han realizado en el mismo año y la misma Comunidad Autónoma.
¿Cómo funciona para una comunidad?
Nosotros nos encargamos de todo. Vosotros solo tenéis que facilitarnos la documentación de las obras.
Nos contáis qué obras habéis hecho
Rellenáis el formulario o nos llamáis. Estudiamos vuestro caso sin compromiso.
Recopilamos la documentación
Os pedimos los datos de la obra: facturas, certificados del instalador, fotos. Nada complicado.
Tramitamos el certificado
Preparamos toda la documentación, gestionamos la verificación y el registro del CAE ante la Comunidad Autónoma.
La comunidad cobra
Cuando el CAE se certifica, la comunidad recibe el importe directamente. Sin adelantar nada.
¿Quién firma en nombre de la comunidad?
Lo tenemos resuelto. Hay varias opciones válidas legalmente.
El presidente de la comunidad
Opción más habitualCon firma electrónica cualificada. Si utiliza su certificado personal (no el de la comunidad), se adjunta el acta de la junta donde fue nombrado presidente.
El administrador de fincas
Muy cómodoPuede firmar en representación de la comunidad si existe un mandato expreso de la junta de propietarios. Se justifica con el acta de la junta o un certificado del secretario.
¿No tenéis firma electrónica?
Casos puntualesSi el propietario del ahorro es una persona física que actúa en su nombre (no representando a nadie), se admite cualquier firma válida en derecho, incluida la manuscrita. Pero todas las partes deben firmar de la misma forma.
Base legal: art. 20.1 Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, art. 13.6 LPH, y FAQ del MITECO sobre Convenios CAE.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible con las subvenciones que hemos recibido?
Sí. El CAE es compatible con la mayoría de subvenciones y ayudas públicas. Solo se excluyen las ayudas procedentes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Si habéis recibido ayudas del Plan de Recuperación, IDAE u otras, podéis igualmente solicitar el CAE.
¿Hay que adelantar dinero?
No. La contraprestación se puede vincular al ahorro realmente certificado. Es decir, la comunidad cobra cuando el CAE se emite y se liquida. No hay que poner ni un euro por adelantado.
¿Qué obras son válidas?
Cualquier actuación de eficiencia energética iniciada después del 26 de enero de 2023: cambio de caldera, aislamiento de fachada, ventanas, iluminación LED, etc. Si las obras son anteriores a esa fecha, lamentablemente no generan CAE.
¿Se puede presentar aunque el ahorro sea pequeño?
Los CAE se solicitan por un mínimo de 30 MWh. Pero se pueden agregar varias actuaciones menores (por ejemplo, ventanas + LED) siempre que sean de la misma Comunidad Autónoma y se hayan finalizado en el mismo año.
¿Necesitamos aprobación en junta de vecinos?
Sí, se recomienda contar con un acuerdo de la junta de propietarios que autorice la cesión de los ahorros energéticos. Esto facilita la firma del contrato por parte del presidente o el administrador.
¿Cuánto tarda el proceso?
Una vez presentada toda la documentación, la administración tiene 15 días para actuaciones estandarizadas y 30 días para singulares. El silencio administrativo es positivo. En total, el proceso completo suele tardar entre 2 y 4 meses.
Consultad vuestro caso sin compromiso
Rellenad el formulario y estudiamos si vuestra comunidad puede obtener un CAE. Os respondemos en menos de 48 horas.