Cambiaste tu caldera por bomba de calor: así cobras el CAE
La sustitución de caldera por bomba de calor genera un CAE
Si has sustituido tu antigua caldera de gas, gasóleo o cualquier otro combustible fósil por una bomba de calor (aerotermia o geotermia), tienes derecho a cobrar un Certificado de Ahorro Energético (CAE). La ficha de actuación aplicable es la RES060 del catálogo del MITECO, y es una de las actuaciones más demandadas del sistema CAE en España.
La ficha RES060 contempla la sustitución de un sistema de calefacción y/o agua caliente sanitaria (ACS) basado en combustibles fósiles por una bomba de calor en el sector residencial. No se trata de nuevas instalaciones, sino de sustituciones: tiene que haber un equipo antiguo que se retira.
¿Cuánto ahorro genera y cuánto dinero puedo cobrar?
El ahorro que genera una bomba de calor depende de varios factores: el sistema que sustituye, la zona climática, la potencia del equipo y el uso (calefacción, ACS o ambos). Los rangos típicos son:
| Tipo de sustitución | Ahorro típico (kWh) | Cobro estimado (€) |
|---|---|---|
| Caldera gas → BC (piso) | 8.000 – 12.000 | 960 – 1.680 |
| Caldera gasóleo → BC (chalet) | 15.000 – 25.000 | 1.800 – 3.500 |
| Caldera gas → BC (chalet grande) | 12.000 – 20.000 | 1.440 – 2.800 |
| Solo ACS (termo eléctrico → BC) | 3.000 – 6.000 | 360 – 840 |
Estimaciones calculadas con precios de mercado entre 120 y 140 €/MWh.
Datos que necesitas para el cálculo
La ficha RES060 requiere conocer los siguientes parámetros para calcular el ahorro:
- Combustible del equipo sustituido: gas natural, GLP, gasóleo, electricidad (efecto Joule), etc.
- Rendimiento del equipo antiguo: si no se conoce, la ficha establece valores por defecto según la antigüedad.
- COP/SCOP de la bomba de calor nueva: aparece en la ficha técnica del fabricante.
- Zona climática: según el CTE (Código Técnico de la Edificación), varía de A a E.
- Uso: calefacción, ACS, o calefacción + ACS.
- Potencia nominal del nuevo equipo.
Documentación necesaria paso a paso
Para tramitar el CAE por tu bomba de calor, necesitarás reunir la siguiente documentación:
Documentación del equipo antiguo
- Fotografía del equipo antes de la sustitución (con etiqueta o placa visible si es posible).
- Factura de mantenimiento o cualquier documento que acredite su existencia previa.
- Marca, modelo y potencia del equipo retirado (si se conoce).
Documentación del equipo nuevo
- Factura de compra e instalación de la bomba de calor (con desglose de equipo y mano de obra).
- Ficha técnica del fabricante con COP/SCOP declarado.
- Certificado de instalación emitido por el instalador habilitado (RITE).
- Boletín de instalación registrado en el órgano competente de la CCAA.
Documentación administrativa
- Contrato de cesión de ahorros firmado entre el propietario y el intermediario.
- Declaración de ayudas públicas recibidas (si procede), indicando compatibilidad.
- DNI/NIF del propietario del inmueble.
- Dirección completa de la actuación (debe coincidir con la documentación técnica).
Proceso completo: del cambio de caldera al cobro
- Realizas la instalación: Tu instalador sustituye la caldera por la bomba de calor y te entrega toda la documentación.
- Contactas con nosotros: Nos envías la documentación básica y calculamos tu ahorro.
- Firmamos el contrato de cesión: Un documento sencillo que nos autoriza a gestionar tu CAE.
- Preparamos el expediente: Completamos toda la documentación técnica según la ficha RES060.
- Tramitación ante la CCAA: El sujeto delegado presenta la solicitud ante tu Comunidad Autónoma.
- Emisión y cobro: Una vez aprobado el CAE, recibes tu pago.
El plazo legal de resolución es de 15 días hábiles para actuaciones estandarizadas, aunque en la práctica varía según la Comunidad Autónoma.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el CAE si ya he recibido una subvención?
Sí, en general los CAE son compatibles con subvenciones como los fondos Next Generation o ayudas autonómicas. Lo único que se exige es declarar las ayudas recibidas. La suma de ayudas públicas y CAE no puede superar el coste total de la actuación.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el CAE?
El CAE debe registrarse dentro de los 3 años siguientes a la finalización de la actuación. La fecha de inicio de la actuación debe ser posterior al 26 de enero de 2023 (entrada en vigor del RD 36/2023). No lo dejes pasar: cuanto antes lo tramites, antes cobras.
¿Qué pasa si no tengo la documentación del equipo antiguo?
Si no tienes documentación específica del equipo retirado, la ficha RES060 permite utilizar valores por defecto de rendimiento según la antigüedad estimada. Sin embargo, tener más documentación siempre es mejor porque puede resultar en un ahorro calculado mayor.
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