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Consejos

10 errores comunes al tramitar un CAE (y cómo evitarlos)

Tu Ahorro CAE··9 min de lectura

Por qué se rechazan los CAE

El sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) tiene unos requisitos documentales y técnicos estrictos. Un expediente mal preparado puede ser rechazado o requerir subsanación, lo que retrasa el cobro semanas o meses. Tras gestionar centenares de expedientes, hemos identificado los 10 errores más comunes que cometen propietarios, instaladores y otros intermediarios al tramitar CAE. Evitarlos puede significar la diferencia entre cobrar en 2 meses o en 8.

Error 1: No documentar el estado previo a la actuación

Este es, con diferencia, el error más frecuente y el más difícil de corregir después. El sistema CAE exige demostrar que existía un equipo o situación de referencia que se ha mejorado. Si no hay fotografías del equipo antiguo, documentación del sistema previo o datos del consumo anterior, el expediente carece de base.

Cómo evitarlo: antes de iniciar cualquier actuación, fotografía el equipo antiguo (caldera, luminarias, ventanas, fachada) con la placa de características visible. Guarda facturas de mantenimiento o consumo energético previo.

Error 2: Fechas de la actuación incorrectas o no acreditadas

Las fechas son un elemento crítico. La actuación debe haberse iniciado después del 26 de enero de 2023 (entrada en vigor del RD 36/2023) y el CAE debe registrarse dentro de los 3 años siguientes a la finalización. Si las fechas no están correctamente documentadas, el expediente se rechaza.

Cómo evitarlo: acredita la fecha de inicio con el contrato de obra, pedido de equipos o presupuesto aceptado. La fecha de finalización se acredita con el certificado de instalación, acta de recepción o boletín. Todas las fechas deben ser coherentes entre sí.

Error 3: Firma electrónica inadecuada

Desde diciembre de 2024, el Convenio CAE debe firmarse con firma electrónica cualificada. Muchos expedientes se rechazan porque se firmaron con firma simple, firma biométrica no cualificada o porque la firma de una persona jurídica no incluye el certificado de representación de empresa.

Cómo evitarlo: verifica que todas las partes disponen de certificado digital cualificado (FNMT, Camerfirma, etc.) antes de iniciar el proceso. Para empresas, usa certificado de representante de persona jurídica. Para comunidades de vecinos, el presidente necesita certificado cualificado o, alternativamente, el administrador puede firmar con mandato expreso de la Junta.

Error 4: No incluir los 7 elementos mínimos del Convenio CAE

El artículo 11.2 de la Orden TED/815/2023 exige que el Convenio CAE contenga 7 elementos obligatorios: título descriptivo con ubicación, identificación de partes (NIF/CIF), ahorro anual en kWh (indicando si es estimado o real), contraprestación en €/kWh, vida útil con compromiso de mantenimiento, exclusividad, y compromisos de verificación. Omitir cualquiera de ellos es motivo de rechazo.

Cómo evitarlo: utiliza una plantilla de Convenio CAE que incluya los 7 elementos como secciones obligatorias. No improvises.

Error 5: Cálculo de ahorro incorrecto o no justificado

En actuaciones estandarizadas, el ahorro debe calcularse aplicando exactamente la fórmula de la ficha del catálogo MITECO. Es frecuente encontrar errores en los parámetros de entrada, usar valores de rendimiento incorrectos, o aplicar una ficha que no corresponde a la actuación.

Cómo evitarlo: verifica que la ficha seleccionada es la correcta para tu actuación. Revisa cada parámetro contra la documentación técnica del equipo. Si es una actuación singular, la metodología debe estar documentada y justificada con rigor.

Error 6: Falta de trazabilidad en la cadena de cesión

El sistema exige una cadena de cesión completa y documentada desde el propietario del ahorro hasta el sujeto delegado. Si hay un eslabón sin documentar, o si la contraprestación entre partes no está reflejada, el verificador lo rechaza.

Cómo evitarlo: documenta cada cesión con un contrato que incluya el mismo contenido mínimo del Convenio CAE. Recuerda que desde diciembre de 2024 solo puede haber un intermediario en la cadena. Asegúrate de que la contraprestación económica está claramente expresada en €/kWh en cada contrato.

Error 7: No declarar las ayudas públicas recibidas

Si la actuación recibió subvenciones públicas (MOVES, Next Generation, ayudas autonómicas, FNEE), deben declararse en el expediente. No hacerlo puede ser motivo de rechazo y, en casos graves, de responsabilidad administrativa.

Cómo evitarlo: incluye siempre la declaración de ayudas públicas, incluso si no has recibido ninguna (en ese caso, declárandolo así). Si recibiste ayudas, verifica que la suma de ayudas + CAE no supera el coste total de la actuación. Las ayudas del FNEE no requieren justificación de efecto incentivador, pero el resto sí.

Error 8: Documentación técnica incompleta

Cada ficha del catálogo MITECO especifica la documentación necesaria. Es habitual que falten: fichas técnicas del equipo nuevo, certificados de instalación no registrados, boletines RITE sin tramitar, o facturas sin desglose suficiente.

Cómo evitarlo: consulta la ficha técnica aplicable y haz un checklist de todos los documentos requeridos antes de empezar. No des por hecho que el instalador te entregará todo: solicítalo expresamente y revísalo.

Error 9: Intentar tramitar actuaciones no elegibles

No todas las mejoras energéticas generan un CAE. No son elegibles: actuaciones realizadas antes del 26/01/2023, mantenimientos rutinarios (sin mejora de eficiencia), nuevas instalaciones sin equipo previo que se sustituya (en la mayoría de fichas), o actuaciones cuyo ahorro no supere umbrales mínimos sin posibilidad de agregación.

Cómo evitarlo: antes de comprometerte con un propietario, verifica la elegibilidad de la actuación consultando la ficha correspondiente del catálogo MITECO. Comprueba la fecha de inicio y asegúrate de que se trata de una sustitución o mejora, no de una instalación nueva en un edificio de nueva construcción.

Error 10: Dejar pasar el plazo de 3 años

El CAE debe registrarse en la CNMC dentro de los 3 años siguientes a la finalización de la actuación. Aunque parezca un plazo amplio, la preparación del expediente, la verificación y la tramitación ante la CCAA consumen tiempo. Hemos visto casos de actuaciones de 2023 que llegaron justas o fuera de plazo por dejadez en la gestión.

Cómo evitarlo: inicia la tramitación lo antes posible tras finalizar la actuación. No esperes a acumular un lote grande si eso te pone en riesgo de superar el plazo. La agregación de actuaciones menores de 30 MWh se puede hacer dentro del mismo año natural, pero no dejes que el reloj corra sin actuar.

Resumen: checklist anti-errores

ErrorConsecuenciaPrevención
No documentar estado previoRechazoFotografías + datos antes de la obra
Fechas incorrectasRechazoAcreditar inicio y fin documentalmente
Firma inadecuadaRechazoCertificado cualificado para todas las partes
Convenio incompletoSubsanaciónPlantilla con 7 elementos obligatorios
Cálculo incorrectoRechazo / menor ahorroSeguir la ficha MITECO al pie de la letra
Falta trazabilidadRechazoContrato en cada eslabón de la cadena
No declarar ayudasRechazo / responsabilidadDeclaración siempre, incluso si no hay ayudas
Documentación incompletaSubsanaciónChecklist por ficha antes de enviar
Actuación no elegibleRechazo totalVerificar elegibilidad antes de comprometerse
Plazo expiradoPérdida del derechoTramitar cuanto antes tras finalizar

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