Documentación necesaria para tramitar un CAE: guía completa
La documentación es clave para el éxito de tu CAE
El principal motivo de rechazo o retraso en la tramitación de un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es la documentación incompleta o incorrecta. Esta guía detalla todos los documentos que necesitas para que tu solicitud se apruebe sin problemas. Si trabajas con un intermediario profesional como nosotros, nos encargamos de preparar y revisar toda esta documentación por ti.
1. Convenio CAE: el documento central
El Convenio CAE es el documento principal de la solicitud, regulado por el artículo 11.2 del RD 36/2023. Según la normativa, debe contener como mínimo los siguientes 7 elementos:
- Identificación de las partes: sujeto obligado o delegado, propietario del ahorro, y en su caso el intermediario.
- Descripción de la actuación: tipo de actuación, ficha aplicable (si es estandarizada), ubicación.
- Ahorro de energía final estimado: en kWh, calculado según la metodología de la ficha o, para singulares, según metodología justificada.
- Fechas de inicio y finalización de la actuación.
- Descripción de la situación de referencia: cómo era la instalación antes de la actuación.
- Declaración de ayudas públicas: indicar si se han recibido ayudas y su importe.
- Firma electrónica cualificada: de todas las partes implicadas.
Desde la modificación normativa de diciembre de 2024, el Convenio CAE debe firmarse con firma electrónica cualificada por todas las partes. Esto es obligatorio y su ausencia es motivo de rechazo.
2. Contrato de cesión de ahorros
Cuando el propietario del ahorro no tramita directamente con un sujeto obligado, se necesitan contratos de cesión que establezcan la cadena de trazabilidad:
Contrato propietario → intermediario
Este contrato privado debe incluir:
- Identificación completa de ambas partes (nombre/razón social, NIF/CIF, domicilio).
- Descripción de la actuación y ubicación.
- Ahorro estimado que se cede (en kWh).
- Precio acordado y condiciones de pago.
- Obligaciones de cada parte (aportación documental, plazos).
- Declaración de que el propietario es el titular del ahorro y no lo ha cedido previamente a nadie.
- Cláusula de trazabilidad que permita seguir la cadena de cesión.
Contrato intermediario → sujeto delegado
Similar al anterior, cede los ahorros del intermediario al sujeto delegado que tramitará el CAE ante la Comunidad Autónoma.
Importante: desde diciembre de 2024, solo puede haber un intermediario entre el propietario original y el sujeto obligado/delegado. No se permiten cadenas de múltiples intermediarios.
3. Documentación técnica de la actuación
La documentación técnica varía según el tipo de actuación. Sin embargo, hay elementos comunes a todas:
Para actuaciones estandarizadas
- Datos de entrada requeridos por la ficha del catálogo MITECO correspondiente.
- Cálculo de ahorro aplicando la fórmula de la ficha.
- Factura de compra e instalación del equipo o material.
- Ficha técnica del fabricante del nuevo equipo (con las especificaciones que requiera la ficha).
- Certificado o boletín de instalación emitido por instalador autorizado (cuando proceda).
- Fotografías de antes y después de la actuación.
Para actuaciones singulares
Además de lo anterior, las actuaciones singulares requieren:
- Memoria técnica con descripción detallada de la actuación.
- Metodología de cálculo del ahorro debidamente justificada (puede basarse en normas UNE, protocolos IPMVP, simulaciones energéticas, etc.).
- Auditoría energética o estudio energético cuando el ahorro supere determinados umbrales.
- Informe de un organismo de verificación acreditado por ENAC (para actuaciones de gran envergadura).
4. Evidencias de fechas
Las fechas son un elemento crítico de la solicitud:
- Fecha de inicio: debe ser posterior al 26 de enero de 2023 (entrada en vigor del RD 36/2023). Se acredita con la fecha del contrato de obra, pedido de equipos o inicio de instalación.
- Fecha de finalización: se acredita con el certificado de instalación, el acta de recepción o la puesta en marcha.
- Vida útil: según lo establecido en la ficha de actuación correspondiente.
Los CAE deben registrarse en la CNMC dentro de los 3 años siguientes a la finalización de la actuación. Pasado este plazo, se pierde el derecho.
5. Firma electrónica
La normativa vigente exige firma electrónica cualificada en los Convenios CAE. Esto significa:
- Personas físicas: certificado digital del DNIe o certificado emitido por un prestador de servicios de confianza cualificado (FNMT, Camerfirma, etc.).
- Personas jurídicas: certificado de representante de persona jurídica.
- Comunidades de propietarios: firma del presidente con certificado cualificado, o del administrador con mandato expreso de la junta.
6. Declaración de ayudas públicas
En todas las solicitudes debe incluirse una declaración sobre las ayudas públicas recibidas para la misma actuación:
- Tipo de ayuda (MOVES, Next Generation, ayuda autonómica, etc.).
- Importe recibido.
- Organismo concedente.
- La suma de ayudas + CAE no debe superar el coste total de la actuación.
Checklist resumen
| Documento | Estandarizada | Singular |
|---|---|---|
| Convenio CAE (7 elementos) | Sí | Sí |
| Contrato/s de cesión | Sí | Sí |
| Factura de compra e instalación | Sí | Sí |
| Ficha técnica del equipo nuevo | Sí | Sí |
| Certificado de instalación | Sí | Sí |
| Fotografías antes/después | Sí | Sí |
| Cálculo de ahorro según ficha | Sí | No aplica |
| Memoria técnica detallada | No | Sí |
| Metodología de cálculo justificada | No | Sí |
| Informe organismo verificación (ENAC) | No | Según umbral |
| Declaración de ayudas públicas | Sí | Sí |
| Firma electrónica cualificada | Sí | Sí |
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